REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

206° y 157°
ASUNTO: SP01-S-2016-000054

PARTE OFERENTE: INVERSORA LA ARBOLEDA ORIENTE C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: THAIS MOLINA, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 26.129.

PARTE OFERIDA: EDGAR ALFONSO CLVIJO CASTELLANOS, identificado con la cédula de identidad Nro. V-10.168.390.
ABOGADO DE LA PARTE OFERIDA: CARMEN ESCALANTE, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 69.554.
MOTIVO: OFERTA DE PAGO



En el día hábil de hoy, jueves 16 de Febrero 2017, siendo las 11.00am hora fijada para la celebración a la Audiencia Preliminar, se hizo presente en la sede del Tribunal la parte oferente por medio de su apoderado según consta a los folio 38, además la parte oferida y su abogado asistente, previo anuncio de ley; quienes solicitaron el adelanto de la celebración de la audiencia preliminar, por lo cual este Tribunal, en virtud a que dicha petición es cónsona con los principios de oralidad, brevedad y concentración que forman el proceso laboral, fijó la Audiencia preliminar para éste día y hora; y aperturada la misma se le concedió el derecho de palabra a la parte oferente, en éste acto el abogado de la Empresa ofrece la suma de TRESCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES BOLIVARES CON CATORCE CENTIMOS (Bs.303.283,14) para el trabajador EDGAR ALFONSO CLVIJO CASTELLANOS, de los cuales están oferidos en la presente oferta que cursa en autos, cantidad que comprende los conceptos de antigüedad, vacaciones y otros conceptos, depositado con un cheque del Banco BICENTENARIO, bajo el número: 200396640 a nombre del trabajador DE FECHA 27-12-2016. En este acto la parte oferida, declara: aceptar la propuesta, estar conforme con dicho monto y que no tiene nada más que reclamar por los conceptos de dicha relación laboral. Acto seguido el Tribunal visto el acuerdo realizado lo HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena expedir 04 copias, además de oficiar al Coordinador Laboral, a los fines de que haga entrega de la correspondiente libreta de ahorros ofertada al trabajador, y después de ello realizar el correspondiente archivo del expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez,

Dra. YALENA MORA.
EL OFERIDO


La Parte Oferente, Abogada asistente de la Parte Oferida,



La Secretaria

Exp.SPO1-S-2016-054.