REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, 15 de febrero del 2017
206º y 157º
ASUNTO: SP01-L-2014-000622

INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: Andrea Cruz Pérez, con cédula de ciudadanía n. °: C.C.- 1.090.374.264.
ABOGADO ASISTENTE: Carmen Lucrecia Escalante, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n° 11.491.619.
PARTE DEMANDADA: Inversora Mojica y Mojica C.A. (INMOJICA)
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales

Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada para impulsar el proceso en la presente causa se realizó en fecha 26 de enero del 2016, mediante diligencia presentada por la representación judicial de la parte actora, en la cual señala nuevamente la misma dirección indicada en los carteles de notificación, y donde el Alguacil adscrito a este Juzgado mediante diligencia consignó los carteles informando los motivos por los cuales no pudo cumplir con la respectiva notificación, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establecen:
Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.
Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.
Este Despacho, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 26 de enero del 2016, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Derechos Laborales sigue la ciudadana Andrea Cruz Pérez, con cédula de ciudadanía n° C.C.-1.090.374.264, contra la Inversora Mojica y Mojica, C.A. (INMOJICA, C.A.).
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los 15 días del mes de febrero del año dos mil diecisiete (2017).
La Juez

Abg. Ana Mercedes Mora
La Secretaria,
Abg. Deivis J. Estarita

En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, dejándose copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal.