REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 17 de febrero de 2017
206º y 157º

ASUNTO: WP21-J-2017-000095

Visto el presente convenimiento de Instituciones familiares celebrado por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos HUGO JOSE PEDRIQUE RIVAS Y YOSELYN RAMOS GUZMAN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 24.181.554 y V- 17.482.266, respectivamente, a favor de la niña, de cinco (05), cuatro(04), uno(01 y uno (01) años de edad, nacidos en fechas 30/04/2011, 05/06/2012, 08/09/2015 y 08/09/2015, respectivamente; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 365, 375, 386, 387, 358 y 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-

LA JUEZA,
DRA. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS.

LA SECRETARIA,