REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 20 de Febrero de 2017
206º y 158º
ASUNTO: WP21-H-2017-000015
Visto el presente convenimiento de Obligación de Manutención celebrado por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos ARMINDA COROMOTO MENDOZA OSAL y ROSALINO VASQUEZ venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-16.861.893 y V-5.638.385, respectivamente, a favor del niño, de siete (07 y años de edad nacido en fecha 01-11-2009; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 365 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Jueza,
Dra. Mercedes Vargas Villalobos.
La Secretaria,
Abg. Sonaly De Aguiar
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