REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 21 de Febrero de 2017
206º y 158º
ASUNTO: WP21-H-2017-000031
Visto el presente convenimiento de Convivencia Familiar celebrado por ante la Red de Defensoría Municipal del estado Vargas entre los ciudadanos: JOHANNES GONZALEZ BOLIVAR y NEFERTITI COVACS IZAGUIRRES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-19.272.645 y V-13.374.358, respectivamente, a favor de sus hijos: de tres (03) y dos (02) años de edad, nacidoss el 30-09-13 y 11-11-14; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con los Artículos 511, 385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. Cúmplase lo ordenado.-
La Jueza,
Dra. Mercedes Vargas Villalobos.
La Secretaria,
Abg. Sonaly De Aguiar
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