REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 3 de Febrero de 2017
206º y 157º

ASUNTO: WH21-X-2017-000012
Tal como fue ordenado en la pieza principal del expediente signado con el Nº WP21-H-2013-000444, se abre el presente Cuaderno de Medidas. En consecuencia, vista la diligencia efectuada por la ciudadana OSBEIDI ZAIRITH PIÑATE SIRA, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.627.571, actuando a favor de los niños ambas de diez (10) años de edad nacidas en fecha 14/04/2006, mediante la cual solicita se decrete medida preventiva de Obligación de Manutención, esta Jueza acuerda conforme a lo solicitado. En tal virtud, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, por lo que se deberá retener de las prestaciones sociales del obligado DANIEL EDUARDO GONZALEZ MULLER, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.324.765, la cantidad equivalente a seis (06) mensualidades a razón del monto que se genera actualmente de forma mensual como obligación de manutención, cuyo monto debe ser entregado mediante cheque de gerencia o transferencia a nombre de la ciudadana OSBEIDI ZAIRITH PIÑATE SIRA, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.627.571, a quien se designa como CORREO ESPECIAL para tal fin. Líbrese oficio, cúmplase lo ordenado.-
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos



La Secretaria

Abg. Nohemí Rosendo Reyes







Hora de Emisión: 3:20 PM
Asistente que realizo la actuación: