REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 17 de febrero de 2017
206º y 157º

ASUNTO: WP21-H-2017-000016
Visto el presente convenimiento de Convivencia Familiar celebrado por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico del estado Vargas entre los ciudadanos: EDUARW RAFAEL LANZA GARCIA y MARIEMLY PATRICIA DIAZ GUZMAN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-19.083.071 y V-17.720.805, respectivamente, a favor de su hijos: de siete (07) y cuatro (04) años de edad, nacidos el 21-11-09 y 05-07-12; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 511 ,385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez

Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria



Hora de Emisión: 2:58 PM
Asistente que realizo la actuación: