REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetía, 17 de febrero de 2017
 
206º y 157º
 
 
ASUNTO: WP21-H-2017-000016
 
Visto el presente convenimiento de Convivencia Familiar celebrado por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico del estado Vargas entre los ciudadanos: EDUARW RAFAEL LANZA GARCIA y MARIEMLY PATRICIA DIAZ GUZMAN,  venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-19.083.071 y V-17.720.805,  respectivamente, a favor de su hijos: de siete (07) y cuatro (04) años de edad, nacidos el  21-11-09 y 05-07-12; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 511 ,385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
 
La  Juez
 
 
Abg. María Eugenia Bedoya González
 
                   La Secretaria
 
 
 
 
Hora de Emisión: 2:58 PM
 
Asistente que realizo la actuación: 
 
 
 
 
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