REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 17 de febrero de 2017
206º y 157º
ASUNTO: WP21-H-2017-000032
Visto el presente convenimiento de Obligación de Manutención celebrado por ante la Defensa Pública del estado Vargas entre las ciudadanas: ALEJANDRA CLARET ROJAS UGAS y AURORA JOSEFINA MEJIAS CANO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-14.767.794 y Nº V-6.496.826, a favor del niño de ocho (08) años de edad, nacido el 01-07-08; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 365 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez
Abg. María Eugenia Bedoya González
El Secretario
Hora de Emisión: 3:06 PM
Asistente que realizo la actuación
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