REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 7 de marzo de 2017
206º y 158º

ASUNTO: WP21-H-2017-000040
Visto el presente convenimiento de Obligación de Manutención celebrado por ante La Fiscalía Quinta del Ministerio Público Especial para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, entre los ciudadanos: SASHA MARGARITA PERALTA LEON y RIGOBERTO MARRERO DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-17.483.086 y V-13.044.335, a favor de su hijo, el niño, de tres (03) años de edad nacido en fecha, 20/07/2013; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 365 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 Ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez,


Abg. María Eugenia Bedoya González


La Secretaria