REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 8 de febrero de 2017
206º y 157º

ASUNTO: WP21-J-2017-000016
Con vista al anterior asunto incoado por la ciudadana FAEROUZ SLEIMAN GARCIA venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.233.184, actuando en interés de su hijo, el niño, de cinco (05) años de edad, debidamente asistidos por la Defen15/09/2011sa Pública, en la cual solicitó de este Despacho se le designara CURADORA AD-HOC a su hijo antes nombrado, igualmente, se dejó constancia de la comparecencia de la ciudadana SIHAM MIRLEY SLEIMAN GARCIA venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.337.308, quién prestó el juramento de Ley y aceptó dicho cargo. En consecuencia, cumplidas como han sido las formalidades establecidas a tales efectos; esta Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, DISCIERNE el cargo de Curadora Ad-Hoc del niño, nacido en fecha 15/09/2011, de cinco (05) años de edad, a la ciudadana SIHAM MIRLEY SLEIMAN GARCIA venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.337.308. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. En consecuencia, déjese copias certificadas del presente decreto, asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, remítase a los archivos Judiciales en su oportunidad legal. Cúmplase.
LA JUEZA,

ABG. MARIA EUGENIA BEDOYA GONZALEZ.
LA SECRETARIA,