TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. Independencia, 13 de FEBRERO de 2017.

206º y 157º

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO celebrado en fecha 09 de febrero de 2017, entre los ciudadanos: DEIBY JUNIOR CANCHICA MONCADA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.989.311 y LISDEY MENDOZA BECERRA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-19.776.208; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Igualmente, conforme a lo solicitado líbrese oficio al BANCO BICENTENARIO, Agencia Capacho, a fin de que se aperture la cuenta de ahorros para los depósitos de la Obligación de Manutención. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrese Oficio.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. LIDIA CONSUELO MENDOZA CHACÓN
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la(s) _______________, quedó registrada bajo el N° _________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal, se libro Boleta de Notificación al Fiscal XIII del Ministerio Público y se libró Oficio No. 3140-________.

Abg. Lidia C. Mendoza Ch. / Secretaria Temp.

Exp. Nº 2975-2016
Sin enmienda / more