REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PANAMERICANO, SAMUEL DARÍO ALDONADO Y SIMON RODRÍGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
ENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFIITIVA
XP. No. 2916-2017.
PARTES:DEMANDANTE: YARUMARIS MINERVA RUMIÓN MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V- 17.974.788, domiciliada en la Quebrada de Velta Sector La Hojita Parte Alta Umuquena Municipio San Judas Tadeo del estado Táchira. DEMANDADO: LUIS ALBERTO SALAS PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-19.035.439, domiciliado en Coloncito en la panadería de la calle 7 al lado del Banco Mercantil Municipio Panamericano Estado Táchira.
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION
BENEFICIARIO: SE OMITE NOMBRE, de 1 año de edad.
PARTE NARRATIVA
El presente expediente tiene su inicio por ante la Defensoría de niños, niñas y adolescentes Municipio San Judas Tadeo del Estado Táchira, en fecha 04-08-2015. En base a la misma dicho despacho inicio el expediente, realizando todas las diligencias pertinentes, dándole entrada quedando registrado bajo el N°. 471 enviándolo luego a este Juzgado quien le da entrada y le asigna el N°.2916-2017.
Al folio (01) riela Numero del expediente y nombres de las partes
Al folio (02) riela acta del registro de caso.
A los folios (03 y 04) riela copia fotostática del acta de Nacimiento de la niña XXXXXXXXXX
Al folio (05) riela copia fotostáticas de las cedulas de identidad de los ciudadanos YARUMARIS MINERVA RUMION MENDEZ Y LUIS ALBERTO SALAS PEREZ.
Al folio (06) riela copia acta de admisión.
Al folio (07) riela boleta de notificación al ciudadano LUIS ALBERTO SALAS PEREZ con fecha 23-11-2015
Al folio (08) riela boleta de notificación al ciudadano LUIS ALBERTO SALAS PEREZ con fecha 11-08-2015
Al folio (09) riela acta de materia régimen de convivencia familiar en el cual el ciudadano LUIS ALBERTO SALAS PEREZ expone: “Que el no sabe si ese bebe es mío o no, el dice que no tiene para donde llevársela a vivir yo vivo es con mi abuela y para allá no me la puedo llevar, el señor dice que mejor le deposita quincenal 1.000,oo para la manutención del bebe y en lo que pueda ayudar le ayuda.”
Al folio (10) riela acta de obligación de manutención en el cual la madre del ciudadano LUIS ALBERTO SALAS PEREZ se hizo presente ante la defensoría para hacer entrega de útiles personales para la bebe de la señorita Yarumaris que dará a luz en la próxima semana del mes de octubre, los útiles personales fueron los siguientes: 1 tetero, 1 talco de bebe, 1aceite de bebe. 1 champú, 1 paquete de pañales desechables, 1 juego de ropita con su sabana, finalitas, medias y demás. La señorita hablo con el personalmente para irse al parto y el le dio 1.000.oo para que se llevara para sus gastos.
Al folio (11) riela acta de obligación de manutención en el cual el ciudadano LUIS ALBERTO SALAS PEREZ manifiesta ”Que si esta de acuerdo en darle el apellido a la niña pero que esta de acuerdo en darle lo que la niña necesita siempre y cuando este al alcance de dinero porque yo no gano mucho mi sueldo es de 5.000,oo quincenal y no cuento con otro trabajo para poner un sueldo de gran mayoría y también tengo otro niño de mantener. Yo le doy a la Nilda su manutención dependiendo del alcance de mi dinero y mis gastos.
Al folio (12) riela acta de comparecencia o declaración de niños, niñas y adolescentes donde se hace presente la ciudadana DIGNA PEREZ (abuela materna) para hacer entrega de: dos potes de crema de arroz, un kilo de leche , 2 kilos de azúcar para que se le haga llegar a la señora Yarumaris madre de la bebe.
Al folio (13) riela oficio No, 0031 de la Defensoría de niños, niñas y adolescentes Municipio San Judas Tadeo del Estado Táchira
Al folio (14) riela auto dictado por este auto de admisión en donde se ordena darle entrada por no ser contraria a ninguna disposición expresa del ordenamiento jurídico conforme al Articulo 457 de la ley de Protección, del Niños, Niñas y Adolescentes, admitiéndose la misma, ordenándose librar Notificación al Fiscal Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, obviándose por haberse iniciado la presente causa por esa Defensoría, la notificación de la Defensora de niños, niñas y adolescentes Municipio San Judas Tadeo del Estado Táchira, es por lo que cumpliendo con la normativa procedimental este Tribunal pasa a decidir de la siguiente manera:
PARTE MOTIVA
UNICO: El articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece: “El monto a pagar por concepto de la obligación de manutención, así como la forma y oportunidad de pago pueden ser convenidos entre el obligado u obligada y el solicitante o la solicitante. En estos convenios debe preverse lo concerniente al incremento automático del monto fijado y los mismos deben ser sometidos a la homologación del Juez o Jueza, quien cuidara siempre que los términos convenidos no sean contrarios a los intereses del Niño, Niña o Adolescente. El convenimiento Homologado por el juez o jueza tiene fuerza ejecutiva”. Y visto que el acuerdo conciliatorio realizado por ante la Defensoría de niño, niña y adolescente Municipio San Judas Tadeo del Estado Táchira, el ciudadano LUIS ALBERTO SALAS PEREZ se compromete en darle el apellido a la niña pero que esta de acuerdo en darle lo que la niña necesita siempre y cuando este al alcance de dinero porque yo no gano mucho mi sueldo es de CINCO MIL BOLIVARES (Bs, 5.000,oo) quincenal y no cuento con otro trabajo para poner un sueldo de gran mayoría y también tengo otro niño de mantener. Yo le doy a la Nilda su manutención dependiendo del alcance de mi dinero y mis gastos. Y por cuanto hay aceptación por parte de la ciudadana: YARUMARIS MINERVA RUMION MENDEZ debe homologarse y así se decide.
PARTE DISPOSITIVA
Ahora bien, analizadas como han sido todas y cada una de las actas que conforman este expediente y por considerarlo ajustado a derecho, ESTA JUZGADORA EN NOMBRE DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PANAMERICANO, SAMUEL DARIO MALDONADO Y SIMON RODRIGUEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA. PRIMERO: HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO REALIZADO ANTE LA DEFENSORIA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES MUNICIPIO SAN JUDAS TADEO DEL ESTADO TACHIRA, IMPARTIÉNDOLE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, de conformidad con los artículos 262 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículos 315 del Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por haber habido ofrecimiento por parte dl requerido y aceptación por parte de la solicitante, El ciudadano LUIS ALBERTO SALAS PEREZ se compromete en darle el apllido a la niña pero que esta de acuerdo en darle lo que la niña necesita siempre y cuando este al alcance de dinero porque yo o gano mucho mi sueldo es de CINCO MIL BOLIVARES (Bs, 5.000,oo) quincenal y no cuento con otro trabajo para poner un sUeldo de gran mayoría y también tengo otro niño de mantener. Yo le doy a la Nilda su manutención dependiendo del alcance de i dinero y mis gastos. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL. DADO, SELLADO YFIRMADO EN LA SALA DE DESPACHO A LOS DIECISEIS (16) DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISIETE. 207 AÑOS D LA INDEPENDENCIA Y 156 DE LA FEDERACION.
LA JUEZ
DRA. SORAYA C. ARANGUREN DE ZAMBRANO.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ESPERANZA GUERRERO RIVAS
En esta misma fecha se publico la anterior decisión siendo las once (11:00 a.m.) de la mañana. Conste.
LA SRIA.,
ABG. MARIA GUERRERO.
SCAZ/lebv
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