TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. Independencia, 04 de julio de 2017.
207º y 158º
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano JOSÉ GREGORIO CÁRDENAS RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-16.096.462, asistido por el Abogado HENRY GONZÁLEZ LEIVA, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nro. 214.869, parte demandada en la presente causa; mediante el cual conviene y reconoce en su contenido y firma el documento privado suscrito entre su persona y el ciudadano ANDRÉS CÁRDENAS ROSALES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-4.211.408; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se declara legalmente reconocido el documento privado anexo al folio cinco (5) del presente expediente, de conformidad con lo previsto en el artículo 1.364 del Código Civil Venezolano, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LIDIA CONSUELO MENDOZA CHACÓN
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 2:30 p.m., quedó registrada bajo el N° , se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Abg. LIDIA CONSUELO MENDOZA CHACÓN/ Secretaria Temporal
Exp. Nº 3043/2017
BYVM/LCM/EP.-
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