REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
207° y 158°
SOLICITUD: WP12-S-2017-000585
SOLICITANTE: MAIGRET YUSMELIS GONZALEZ MEDINA.
ABOGADA ASISTENTE: AMARILLYS CASANOVA.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana MAIGRET YUSMELIS GONZALEZ MEDINA, asistida de abogada, mediante la cual solicita se le declare Únicos y Universal Heredera, respecto al de-cujus GERMAN GONZALEZ RODRIGUEZ, ex titular de la cédula de identidad N° V- 3.367.139, fallecido en fecha 31/12/2012, según Acta de Defunción N° 01 de fecha 01/01/2013, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante, en su carácter de hija del causante por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana MAIGRET YUSMELIS GONZALEZ MEDINA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.498.705, con respecto al de cujus GERMAN GONZALEZ RODRIGUEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por éste Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veintiseis (26) días del mes de Julio del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZ,
ABG. MERLY VILLARROEL.
LA SECRETARIA
ABG. YARISNEL PAREDES
En la misma fecha siendo las (12:58p..m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA
ABG. YARISNEL PAREDES
MV/YP/Eira.-
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