REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-000235
SOLICITANTE: LEONARDO ARGENIS TRIANA RODRIGUEZ
ABOGADO ASISTENTE: ROSMARY MENDEZ, IPSA N° 237.860
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO

Vista la solicitud formulada el ciudadano Leonardo Argenis Triana Rodríguez, titular de la cedula de Identidad número V-14.768.391, mediante la cual solicitó se les declare, Único y Universal Heredero, respecto a la de-cujus Maryori Claret Del Carmen Rodríguez De Triana, ex titular de la cédula de Identidad número V-4.565.663, fallecido en fecha 15/10/2016, según Acta de Defunción N° 260, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al ciudadano LEONARDO ARGENIS TRIANA RODRIGUEZ, titular de la cédula de Identidad número V-14.768.391, con respecto a la de cujus MARYORI CLARET DEL CARMEN RODRIGUEZ DE TRIANA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, al veinticinco (25) de julio de dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA,

Abg. CARMEN N. MARTÍNEZ
LA SECRETARIA,

Abg. MARY ANGIE MARÍN
En esta misma fecha, siendo las dos y cincuenta y cinco de la tarde (2:55 pm), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

Abg. MARY ANGIE MARÍN
CNM/MAM/Mary