REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2016-001080
SOLICITANTES: NEYSA RODRIGUEZ DE PERAZA
ABOGADO ASISTENTE: JOSE HERRERA, IPSA N° 81.048
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por la ciudadana NEYSA RODRIGUEZ DE PERAZA, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicitó se les declare a ella y a sus hijas ciudadanas MARIA NAYKELI PEREZA RODRIGUEZ y MARIA NAKARID PEREZA RODRIGUEZ, Únicas y Universales Herederas, respecto al de-cujus AQUILIO ANTONIO PEREZA LANDAETA, ex titular de la cédula de identidad número V-2.895.864, fallecido en fecha 16/05/2017, según Acta de Defunción N° 89, de fecha 17/05/2017, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Urimare del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS a las ciudadanas NEYSA RODRIGUEZ DE PERAZA, MARIA NAYKELI PEREZA RODRIGUEZ y MARIA NAKARID PEREZA RODRIGUEZ titulares de las cédulas de identidad números V-3.889.529, V-12.164.184 y V-14.163.258, en su orden, con respecto al de cujus AQUILIO ANTONIO PEREZA LANDAETA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los treinta y un (31) días del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,

Abg. ANDREA MARCANO
En la misma fecha siendo las once y ocho antes meridiem (11:08 a.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

Abg. ANDREA MARCANO


WSM/AM/mzto
El Juez (fdo. ileg.) WILBERTO SAAVEDRA MARVAL y la Secretaria Abg. ANDREA MARCANO (fdo. ileg.). Hay un sello húmedo del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas. La suscrita Secretaria certifica: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original. En Maiquetía, a los treinta y un (31), días del mes de julio de 2017. Años 207° de la independencia y 158° de la federación.-
LA SECRETARIA

Abg. ANDREA MARCANO