REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-000530
SOLICITANTE: AGOSTHINA SOUSA DE CAMACHO
ABOGADA ASISTENTE: TAMARA CARRILLO DE OVALLES, IPSA N° 84.831
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada la ciudadana AGOSTINHA SOUSA DE CAMACHO, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijas AGOSTINHA CAMACHO SOUSA y MARISOL CAMACHO SOUSA, mediante la cual solicitó se le declare Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus AGOSTINHO PEREIRA CAMACHO, ex titular de la cédula de identidad número V-24.178.982, fallecido según Acta de Defunción N° 44, de fecha 12/09/2016, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Macuto, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a las ciudadanas AGOSTINHA SOUSA DE CAMACHO, AGOSTINHA CAMACHO SOUSA y MARISOL CAMACHO SOUSA, extranjera la primera y venezolanas las siguientes, titulares de las cédulas de identidad números E-1.021.813, V-10.579.546 y V-14.568.697 en su orden, con respecto al de-cujus AGOSTINHO PEREIRA CAMACHO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias solicitadas, así como la devolución de los originales.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los cuatro (04) días del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,


Abg. ANDREA MARCANO
En la misma fecha siendo las nueve y treinta y cinco antes meridiem (09:35 a.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,


Abg. ANDREA MARCANO
WSM/AM/mary
El Juez (fdo. ileg.) WILBERTO SAAVEDRA MARVAL y la Secretaria Abg. ANDREA MARCANO (fdo. ileg.). Hay un sello húmedo del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas. La suscrita Secretaria certifica: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original. En Maiquetía, a los cuatro (04), días del mes de julio de 2017. Años 207° de la independencia y 158° de la federación.-
LA SECRETARIA

Abg. ANDREA MARCANO