REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2017-000802
SOLICITANTE: ALAN RAFAEL RIVERO HERRERA
ABOGADO ASISTENTE: JHONNY R, CARABALLO M, IPSA N° 112.191
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por el ciudadano ALAN RAFAEL RIVERO HERRERA, actuando en nombre propio y en representación de su señora madre ciudadana LEONIDAS OLIMPIA HERRERA DE RIVERO y de sus hermanos ciudadanos AIVI GERALDINE RIVERO HERRERA, DARRY JOSÉ RIVERO HERRERA y GUILLERMO ALBERTO RIVERO HERRERA solicitando se les declare Únicos y Universales Herederos, respecto del de-cujus GUILLERMO RIVERO, ex titular de la cédula de identidad número V-1.388.492, fallecido según Acta de Defunción N° 79, de fecha 28/12/2016, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Urimare del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos LEONIDAS OLIMPIA HERRERA DE RIVERO, GUILLERMO ALBERTO RIVERO HERRERA, ALAN RAFAEL RIVERO HERRERA, DARRY JOSÉ RIVERO HERRERA y AIVI GERALDINE RIVERO HERRERA, titulares de las cédulas de identidad números V-2.902.679, V-6.992.102, V-9.998.433, V-14.567.709 y V-18.140.591, en su orden, con respecto del de-cujus GUILLERMO RIVERO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por éste Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los cuatro (04) días del mes de julio del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
EL JUEZ,
WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,
Abg. ANDREA MARCANO
En la misma fecha siendo las nueve y veinticuatro antes meridiem (09:34 a.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. ANDREA MARCANO
WSM/AM/malyuri
El Juez (fdo. ileg.) WILBERTO SAAVEDRA MARVAL y la Secretaria Abg. ANDREA MARCANO (fdo. ileg.). Hay un sello húmedo del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas. La suscrita Secretaria certifica: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original. En Maiquetía, a los cuatro (04), días del mes de julio de 2017. Años 207° de la independencia y 158° de la federación.-
LA SECRETARIA
Abg. ANDREA MARCANO
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