REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SANTA ANA, SIETE (07) DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE (2017).-
207° Y 158°
Visto el contenido del acto realizado por los ciudadanos: LUIS ELOY PABON TORRES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.468.356 y CARMEN FELICIA LARAS ALBARRACIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.873.522. Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: Se fija el aumento de la Obligación de Manutención en la suma de: DOCE MIL BOLIVARES (Bs. 12.000,00) MENSUALES, los cuales serán depositados por el obligado los primeros cinco (05) días de cada mes, queda establecido, en caso de incumpliendo de dos mensualidades por parte del obligado, se realizará automáticamente el descuento por nomina, mas la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES (Bs. 8.000,00) que son descontados por la Policía del Estado Táchira, para un total de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,00).
SEGUNDO: En lo que refiere a los gastos de Agosto y Diciembre ambas partes manifestaron mantener los mismos de acuerdo a la última homologación realizada en fecha 18 de enero de 2017 al igual que los gastos médicos y medicinas.-g
TERCERO: Ambas partes están de acuerdo con el presente acto y de aumentar la obligación de manutención al año después de firmado el presente acuerdo.
| Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de Santa Ana, Siete (07) de Junio de Dos mil Diecisiete (2017).-
ABG. JESUS ALEXANDER LANDINEZ NIÑO
JUEZ SUPLENTE
ABG. CARMEN OMAIRA ROSALES MOLINA
LA SECRETARIA TEMPORAL
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA TEMPORAL
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