REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, dieciséis (16) de junio de dos mil diecisiete (2017).-
207º y 158º
ASUNTO WP12-S-2017-000850
PARTE SOLICITANTE: ARACELIS ELVIRA ABRANTE DE MARTÍNEZ, venezolana, casada, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.483.408.
MOTIVO: NOTIFICACIÓN JUDICIAL
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana ARACELIS ELVIRA ABRANTE DE MARTÍNEZ, venezolana, casada, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.483.408, asistida por el abogado LUIS RAFAEL ORTUÑO PADILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 203.459, el Tribunal observa lo siguiente:
Dispone el artículo 932 del Código de Procedimiento Civil:
“Si se solicitare la notificación al subarrendatario o tenedor de una finca vendida en pacto de rescate, de que debe entenderse para el pago de alquileres con el comprador, bien por estar así convenido, bien por no pagar el vendedor las pensiones de arrendamiento, el Juez hará la notificación o comisionará a un inferior para que la verifique”.
En este sentido, evacuada oportunamente la Notificación Judicial que nos ocupa en la siguiente dirección: Urbanización Prolongada 10 de marzo, bloque 6, piso 8, apto. D-86, Jurisdicción de la Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del Estado Vargas, éste Tribunal ordena entregar la misma al solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA,
ABG.NEYLA VELASQUEZ
AM/NV/Jorge.-
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