REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2017-000548
SOLICITANTE: MARITZA HERNANDEZ QUINTERO
ABOGADA ASISTENTE: NANCY USECHE, IPSA N° 264.510
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada la ciudadana MARITZA HERNANDEZ QUINTERO, titular de la cédula de identidad N° V-4.590.277, actuando en su propio nombre y representación de los ciudadanos GENSY NABOR FUERTES BRICEÑO, ALKANGELA DEL CARMEN FUERTES HERNANDEZ, MARIA DE LOURDES FUERTES HERNANDEZ, SEBASTIAN FUERTES HERNANDEZ, Y NATALIO RENE FUERTES HERNÁNDEZ, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio NANCY USECHE, mediante la cual solicitó se les declare a ella y a los ciudadanos antes mencionados, Únicos y Universales Herederos, respecto al de-Cujus SEBASTIÁN FUERTES CABRERA, extitular de la cédula de identidad número V-5.099.390, fallecido en fecha 24/11/2016, según Acta de Defunción N° 1270, de fecha 26/11/2016, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante y sus representados por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARITZA HERNANDEZ QUINTERO, GENSY NABOR FUERTES BRICEÑO, ALKANGELA DEL CARMEN FUERTES HERNANDEZ, MARIA DE LOURDES FUERTES HERNANDEZ, SEBASTIAN FUERTES HERNANDEZ, Y NATALIO RENE FUERTES HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad números V-4.590.277, V-16.299.286, V-13.225.046, V-15.830.672, V-17.958.553 y V-17.958.554, respectivamente, en su orden con respecto al de Cujus, SEBASTIÁN FUERTES CABRERA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, al quince (15) de Junio de dos mil diecisiete (2017).- AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA,
ABG. CARMEN NATALIE MARTINEZ
LA SECRETARIA,
ABG MARY ANGIE MARIN
En la misma fecha siendo las tres y diez de la tarde (03:10 pm), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
ABG MARY ANGIE MARIN
CNM/MAM/Adianez.-
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