REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Violencia contra la Mujer. Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio.
San Cristóbal, 31 de Marzo de 2017
206º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2015-003018
ASUNTO : SP21-S-2015-003018
SENTENCIA: N° 60-2017
AUTO. RESPUESTA A INCIDENCIA PLANTEADA
POR LA DEFENSA
IDENTIFICACIÓN DEL TRIBUNAL UNICO DE JUICIO
JUEZ: ABG. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN
SECRETARIO: ABG. KATERIN TAMARA BUBB PEREZ
ALGUACIL DE SALA: NERIETH CARRERO
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
FISCALIA DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. KHARINA HERNANDEZ, FISCAL DECIMO SEXTA.
ACUSADO: JOSE GEOVANNY SOTO CASTILLA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V.13939121,de 37 años de edad, domiciliado en Sector La Termoeléctrica La Fría cerca del Puente del Municipio García de Hevia, estado Táchira.
VICTIMA: B.J.G.C y Y.V.L.U
DEFENSORA TECNICA: ABG. DORIS ELISA MENDEZ
CALIFICACIÓN JURÍDICA
DELITO: VIOLENCIA SEXUAL previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en concordancia con el artículo 259 primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cometido en perjuicio de la adolescente B.J.G.C y Y.V.L.U.
I
DE LA PETICION DE LA DEFENSA
El ABG. DORIS ELISA MENDEZ, en la Audiencia de Juicio celebrada en fecha 30 de Marzo de 2017, interpuso formal incidencia en los términos siguientes: “…ciudadano juez solicito se libre nuevamente la respectiva boleta de citación al funcionario ARAQUE ELEAZAR por cuanto en las resultas consta que esta de vacaciones y en este momento no puede venir y es necesario recibir su testimonio en el presente juicio es por ello que insto a este digno tribunal a citar a otro medio de prueba para la próxima audiencia de continuación del juicio. Es todo “. Se le otorgó el derecho de palabra a la representación fiscal: quien al respecto manifestó: no tengo objeción alguna, me adhiero al pedimento de la defensa técnica. Es todo”.
II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR
Revisada como ha sido la incidencia planteada por la Defensa, quien aquí decide, en garantía de la Tutela Judicial Efectiva, el derecho a la defensa y al debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el numeral 3 del artículo 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, ACUERDA LO PETICIONADO por el Profesional del Derecho antes mencionado, y en razón de ello ORDENA: Citar al ciudadano ARAQUE ELEAZAR FUNCIONARIO DEL CICPC SUBDELEGACION LA FRIA, a los fines de que comparezca a la audiencia de Juicio fijada para el día 06 DE ABRIL DE 2017 A LAS 10:30AM, tomando en cuenta que se trata de un órgano de prueba importante para el esclarecimiento de los hechos. ASI SE DECIDE-CUMPLASE.-
ABG. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN
JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO
DEL CIRCUITO JUDICIAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
ABG. KATERIN BUBB
SECRETARIA