TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, catorce de Marzo (14) del año dos mil diecisiete.

206° y 158°

Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanos VICTOR MODESTO GONZALEZ y ANA RENE COLMENARES DE MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 192.334 y V- 1.557.426 en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidas. Y visto el escrito presentado por el ciudadano, JUAN GERARDO SALAS FIGUEREDO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-3.193.823, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 204.048, quien actúa en nombre propio y representación del ciudadano RAMON ALBERTO SALAS FIGUEREDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-5.665.032, según Poder Autenticado ante la Notaria cuarta del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira de fecha 31 de mayo de 2.013, inserto bajo el N° 13, Tomo 117, folios 66 al 68, de los libros de Autenticaciones llevados en dicha Notaria, en el cual expone que el día (20) veinte de junio de 1.962, falleció ab-intestato quien fuera su padre el ciudadano, JOSE INDALECIO SALAS CHACON, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 134.155, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 82 de fecha 21-6-1962 expedida por Prefectura del Municipio San Sebastian (hoy Parroquia San Sebastian), del Distrito San Cristóbal (hoy Municipio San Cristóbal) del estado Táchira. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos JUAN GERARDO SALAS FIGUEREDO, , MANUEL ANTONIO SALAS FIGUEREDO, MIRYAM ALICIA SALAS DE VALERO, JOSE ORLANDO SALAS FIGUEREDO, ROSALBA SALAS DE MORALES, CARMEN HORTENCIA SALAS FIGUEREDO, JOSE INDALECIO SALAS FIGUEREDO, FREDDY JESUS SALAS FIGUEREDO, JOSEFA MARGARITA SALAS FIGUEREDO, FANNY TERESA SALAS FIGUEREDO, JOSE GREGORIO SALAS FIGUEREDO, RAMON ALBERTO SALAS FIGUEREDO, MARCO TULIO SALAS FIGUEREDO Y MARIA ANTONIA FIGUEREDO VIUDA DE SALAS venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números: V-3.193.823, V-2.893.404, V- 3.312.652, V-3.429.738, V-3.795.491, V-3.792.369, V- 4.211.055, V-4.211.245, V-4.212.197, V-5.642.835, V-5.665.033, 5.665.032, V-5.665.031, y V-154.042 en su orden, en el carácter los primeros como hijos, y de Conyugue la última, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante JOSE INDALECIO SALAS CHACON.

De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales y expídanse las copias certificadas solicitadas.



Abg. YOLINDA DEL CARMEN RIOS CHACON
JUEZ OROVISORIA

Abg. SANDRA PATRICIA COTE
SECRETARIA TEMPORAL


En la misma fecha dictó y publicó la anterior decisión siendo las diez de la mañana (10:00 am), quedando registrada bajo el N° 54 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.




Abg. SANDRA PATRICIA COTE
SECRETARA TEMPORAL