TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Treinta y uno (31) de Marzo del 2.017.

206° y 158°

Visto el contenido del acta celebrada en fecha 30 de Marzo del 2.017, mediante el cual el ciudadano FRANCISCO JOSE ANTEQUERA OLIVARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.308.473, parte demandante, asistido por la abogada en ejercicio SAMIA HARB AYOUBI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 44.385, por una parte, y por la otra la ciudadana YOLANDA GOMEZ DE GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.673.981, actuando con el carácter de Vicepresidente de la parte demandada, Sociedad Mercantil OPTICA SELECTA S.R.L., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero del Estado Táchira, en fecha 09 de Julio de 1979, bajo el N° 43, Tomo 5-A, con posteriores modificaciones en fecha 28 de Enero de 2.013, bajo el N° 46, Tomo 4-A RM 445, asistida por el abogado en ejercicio JOSE GREGORIO VARGAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 74.643, mediante el cual manifiestan su voluntad de TRANSAR, y por cuanto se observa que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada conforme lo establece el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los treinta y un días del mes de Marzo del año dos mil diecisiete. Años: 206° de la Independencia y 158° de la Federación.


Abg. YOLINDA DEL CARMEN RIOS CHACON
LA JUEZA PROVISORIA




Abg. SANDRA PATRICIA COTE
SECRETARIA TEMPORAL
En la misma se publicó la anterior decisión, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), quedando registrada bajo el N° 73 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


Abg. SANDRA PATRICIA COTE
SECRETARIA TEMPORAL




Exp. N° 7713-2017
YCRCh/Richard Q.