REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
San Cristóbal, 09 de Marzo de 2017.-
206° y 158°

Vistas las diligencias que anteceden, contentivas de Acta de Defunción: N° 032, de fecha 13 de Febrero de 2017, expedida por el Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, correspondiente a la Parroquia Tariba, perteneciente al de cujus JOSÉ ANTONIO MALDONADO OJEDA, quien fuera mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 83.636.433; Certificación de Nacimiento: emanada de la Notaria del circulo de Durania, Norte de Santander, Republica de Colombia, de fecha 17 de Marzo de 1993, perteneciente a JOSÉ ANTONIO MALDONADO OJEDA. Y Declaraciones: de los ciudadanos GLADYS JOSEFINA CARRERO GONZALEZ y JOSÉ GABINO CAMACHO USECHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V- 4.631.051 y V- 1.530.651, respectivamente; domiciliados en el Estado Táchira y hábiles. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos ISAEL MALDONADO y BLANCA IRENE OJEDA DE MALDONADO, Colombianos, mayores de edad, titulares de las cédulas de ciudadanía Números 5.439.501 y 27.695.870, en su condición de Padres, respectivamente; el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSÉ ANTONIO MALDONADO OJEDA, quien falleció Ab-Intestato, en el Municipio Cárdenas, Parroquia Tariba del Estado Táchira, el día 12 de Febrero de 2017, según consta de Acta de Defunción, anteriormente señalada, conforme con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedando a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda devolver en originales estas actuaciones. Dejase copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal autorizando al Alguacil ciudadano Carlos Humberto Guerrero, titular de la cedula de identidad N° V- 5.648.123, para la realización de los fotostatos. Así mismo expídase las copias certificadas solicitadas.-



Abg. FELIX ANTONIO MATOS
Juez Titular


Abg. CARMEN B. MORENO P.
Secretaria

En la misma fecha se entregaron Originales con sus resultas, dejando copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-

Abg. CARMEN B. MORENO P.
Secretaria

Solicitud N° 518-17.-
FAM*JM.-