REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2017-000208
SOLICITANTE: EDGAR LEOPOLDO MORENO RODRÍGUEZ.
ABOGADO ASISTENTE: CARLOS AUGUSTO AGUILERA MACHADO, inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el N° 75.886.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada el ciudadano Edgar Leopoldo Moreno Rodríguez, mediante la cual solicitó se le declare Único y Universal Heredero, respecto al de-cujus Edgar Antonio Moreno García, ex titular de la cédula de identidad número V-950.731, fallecido en fecha 16/12/2016, según Acta de Defunción N° 228, de fecha 16/12/2016, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO al ciudadano EDGAR LEOPOLDO MORENO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad números N° V-5.073.175, con respecto al de-cujus EDGAR ANTONIO MORENO GARCÍA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Expídanse las copias solicitadas, así como la devolución de los originales.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los seis (06) días del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 206° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZ,
ABG. CARMEN NATHALIE MARTINEZ ALVAREZ.
LA SECRETARIA,
ABG. MARY ANGIE MARIN.
En la misma fecha siendo las doce horas y diez minutos de la tarde (12:10 p.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
ABG. MARY ANGIE MARIN
|