REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2016-000748
SOLICITANTE: CRUZ MERCEDES CABEZA CABEZA
ABOGADA ASISTENTE: ROSA CLARISBEL PÉREZ R., IPSA N° 130.533
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana CRUZ MERCEDES CABEZA CABEZA, asistida de abogado, mediante la cual solicitó se le declare a ella y a los ciudadanos PEDRO ANTONIO CABEZA CABEZA, ALCIDES RAFAEL CABEZA CABEZA E YNES MERCEDES CABEZA CABEZA, Únicos Y Universales Herederos, respecto del De-Cujus PEDRO ANTONIO CABEZA, ex titular de la cédula de identidad número V-517.317, fallecido en fecha 22/09/2015, según Acta de Defunción N° 157, de fecha 22/09/2015, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catia La Mar del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos CRUZ MERCEDES CABEZA CABEZA, PEDRO ANTONIO CABEZA CABEZA, ALCIDES RAFAEL CABEZA CABEZA, e YNES MERCEDES CABEZA CABEZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-3.727.833, V-3.222.584, V-4.189.753, y V-5.076.471, en su orden, con respecto al De- Cujus PEDRO ANTONIO CABEZA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los dieciséis (16), días del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 206° de la Independencia y 158º de la Federación.-
EL JUEZ,
WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,
Abg. ANDREA MARCANO
En la misma fecha siendo las diez y catorce pasado meridiem (10:14 a.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. ANDREA MARCANO
WSM/AM/Adianez
El Juez (fdo. ileg.) WILBERTO SAAVEDRA MARVAL y la Secretaria Abg. ANDREA MARCANO (fdo. ileg.). Hay un sello húmedo del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas. La suscrita Secretaria certifica: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, Solicitud N° WP12-S-2017-000066. En Maiquetía, a los dieciséis (16) día del mes de marzo de 2017. Años 206° de la Independencia y 158° de la Federación.
La Secretaria
Abg. ANDREA MARCANO
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