REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, veintiséis de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: SP01-L-2014-000592

INDICACIÓN DE LAS PARTES:
PARTE ACTORA: BLANCA LILIAN TAFUR PANTOJA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-22.632.554.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: YENNY COROMOTO VARGAS RODRÍGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 180.771.
PARTE DEMANDADA: JOAN JOSÉ RODRÍGUEZ SALAZAR, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N V-15.942.359.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales

Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada para impulsar el proceso en la presente causa se realizó en fecha 27 de noviembre del 2014, mediante diligencia presentada por el ciudadano RICHARD VIVAS en su condición de Alguacil de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, mediante la cual informa que no logro ubicar al demandado, este Tribunal en virtud a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establecen:

Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en
donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.
Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.

Este Despacho, como quiera que de autos se desprende que en la presente causa, desde el día 27 de noviembre del 2014, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Derechos Laborales sigue la ciudadana Blanca Lilian Tafur Pantoja, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N°: V-22.632.554., contra el ciudadano Joan José Rodríguez Salazar, titular de la cédula de identidad N V-15.942.359.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los veintiséis (26) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017)
La Juez

Dra. Yalena Mora

La Secretaria,
Abog. Isley Gamboa


En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, dejándose copia certificada de la misma para el archivo de este Tribunal.