REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
de la Circunscripción Judicial del estado Táchira
San Cristóbal, 30 de mayo de 2017
207º y 158°
ASUNTO PRINCIPAL: SP22-G-2017-000016
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N°098/2017.
Abierto el lapso de promoción de pruebas, la representación judicial de la parte querellante promovió pruebas en fecha 17/05/2017, en este sentido, siendo la oportunidad para emitir pronunciamiento sobre la admisibilidad de los medios probatorios promovidos, este Tribunal pasa hacerlo de la forma siguiente:
Pruebas de la recurrente.
.- En relación a las prueba de informes, con el fin de oficiar a la:
1.- Contraloría del Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira a fin de que informe: a.- Si cursa algún procedimiento administrativo, de potestad de investigación o determinación de responsabilidades, en el cual la ciudadana Emily Dayana Cárdenas Ruiz titular de la cedula N° V-19.135.685, aparezca como interesada o responsable. B.- Si giro instrucciones mediante oficio a la Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Capacho Nuevo solicitando u ordenando el traslado de la ciudadana supra identificada, a la Dirección Superior de Administración y Hacienda de la mencionada Alcaldía. C.- De ser afirmativo lo anterior, que remita copia del oficio con el cual giro tales instrucciones. Este Juzgador considera que la solicitud es procedente, por cuanto el objeto del informe guarda relación con el presente caso. En consecuencia se ADMITE la prueba en mención. Y así se decide.
.- En cuanto al punto Segundo, donde se solicitó la exhibición de los siguientes instrumentos:
1. Manual de cargos de la Alcaldía del Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, con particular referencia a la descripción del cargo de analista de personal I adscrito a la Dirección de Recurso Humanos, y el cargo de analista de personal I adscrito a la Dirección Superior de Administración y Hacienda.
2. Manual de normas y procedimientos de la Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, con particular referencia al procedimiento para la generación de nominas, el procedimiento para el calculo de prestaciones sociales de empleados y funcionarios de la Alcaldía y el procedimiento para la elaboración de ordenes de pago de prestaciones sociales de empleados y funcionarios de la Alcaldía.
3. Manual de normas y procedimientos de la Dirección Superior de Administración y Hacienda de la Alcaldía del Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, con especial referencia al procedimiento para la generación de órdenes de pago a empleados y funcionarios de la Alcaldía.
Este Tribunal declara que las mismas son pertinentes y guardan relación con la controversia planteada, estando en la oportunidad correspondiente para su solicitud, la Admite en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente, salvo su apreciación en la definitiva, razón por la cual se ordena oficiar a la Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Capacho Nuevo del estado Táchira a los fines de que exhiba la documentación requerida en los numerales 1 y 2 supra descritos, asimismo se oficie a la Dirección Superior de Administración y Hacienda de la Alcaldía del Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira para que exhiba la documental descrita en el numeral 3. En consecuencia se fija el quinto día de despacho, una vez conste en autos la notificación de las partes, a las 09:30 post meridiem para que tenga lugar la evacuación de la misma. Y así se decide.
Pruebas de la recurrida
Estando en la oportunidad correspondiente para presentar las pruebas la Alcaldía del Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira, no presentó las mismas.
El Juez,
Dr. José Gregorio Morales Rincón El Secretario,
Abg. Angel Daniel Pérez Urbina.
ASUNTO: SP22-G-2017-000016
JGMR/ADPU/Fabiola.
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