REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
ASUNTO: WP12-S-2017-000304
SOLICITANTE: DAMAIRA JOSEFINA QUESADA DE PEREZ.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por la ciudadana DAMAIRA JOSEFINA QUESADA DE PEREZ, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicito le fuese decretado a su favor Título Supletorio sobre unas mejoras de bienhechurías ubicadas en un primer piso con entrada independiente, edificadas a sus solas y únicas expensas, sobre una parcela de terreno que No es Municipal, ubicada en Avenida Principal de Montesano, diagonal al Bloque uno y frente la Bomba de Gasolina, Sector El Trébol, casa s/n, Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del estado Vargas, cuyos linderos, medidas y formas de construcción se encuentran especificados en la solicitud, por lo que habiendo constancia del Titulo Supletorio evacuado por ante el Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de esta misma Circunscripción Judicial, de fecha 01/03/2017, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a la misma y les consta la existencia y construcción de tales mejoras de bienhechurías, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana DAMAIRA JOSEFINA QUESADA DE PEREZ, venezolana, casada, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.609.652, sobre las mejoras de bienhechurías, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los doce (12) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZA,

ABG.ANGIE MURILLO LA SECRETARIA,

ABG. NEYLA VELASQUEZ

En la misma fecha siendo las 11:25 a.m, se publicó y registro la anterior sentencia.

LA SECRETARIA,

ABG. NEYLA VELASQUEZ

AM/NV/MALYURI