REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2016-001853
SOLICITANTE: SANTIAGO FERNANDEZ GRIJALBA
ABOGADO ASISTENTE: OSWALDO GRILLO GOMEZ, IPSA N° 24.689
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por el ciudadano SANTIAGO FERNANDEZ GRIJALBA, debidamente asistido de abogado, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio a su favor, en un inmueble constituido por un lote de terreno que comprende parte de las Parcelas “F” y “G” de la Manzana 14 de la Urbanización La Atlántida, Jurisdicción de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del Estado Vargas que adquirió a través de documento de compra-venta debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito del Departamento Vargas del Distrito Federal (hoy Municipio Vargas del Estado Vargas), en fecha 21 de enero de 1986, anotado bajo el N° 24, Protocolo 1, Tomo 3; documento de venta debidamente autenticado por ante la Notaría Pública del Municipio Vargas (hoy Notaría Pública Primera del Estado Vargas), en fecha 18 de agosto de 1989, anotado bajo el N° 48, Tomo 42 de los libros de autenticaciones llevados por dicha Notaria y posteriormente registrado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio Vargas, en fecha 17 de octubre de 1997, anotado bajo el N° 1, protocolo primero, tomo 3, trimestre Segundo del año 1997; Documento de venta debidamente registrado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Público del Municipio Vargas del Estado Vargas, en fecha 19 de junio del año 2000, anotado bajo el N° 26, Protocolo Primero, Tomo 11, trimestre segundo del año 2000; y Documento de venta debidamente registrada por ante la Oficina Subalterna del primer Circuito del Municipio Vargas del Estado Vargas, en fecha 23 de octubre de 1985, quedando registrada bajo el N° 30, protocolo primero (1°), Tomo 3, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, ubicado en la Manzana 14 de la Urbanización La Atlántida, jurisdicción de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del estado Vargas, por lo que habiendo constancia en los documentos up-supra señalados e inserto a los folios ocho (08) al dieciséis (16), ambos inclusive, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen al mismo. Nada obsta para que éste Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, declare TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano SANTIAGO FERNANDEZ GRIJALBA, venezolano, mayor de edad, soltero y titular de la cédula de identidad número V- 3.724.272, sobre las mejoras de bienhechurías consistente en un inmueble ubicado en la Manzana 14 de la Urbanización La Atlántida, jurisdicción de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del estado Vargas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA

Abg. ANDREA MARCANO
En la misma fecha siendo las diez y cincuenta y seis antes meridiem (10:56 a.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA

Abg. ANDREA MARCANO

WSM/AM/Jorge
WP12-S-2016-001853