REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-000609
SOLICITANTES: ADA ORIENTE DE PRESUTTI, MARIO GEOVANY PRESUTTI ORIENTE Y MICHELE JESUS PRESUTTI ORIENTE.
ABOGADO ASISTENTE: GUSTAVO MANUEL RICO GOMEZ, y ARLENE COROMOTO MARQUES CASARES IPSA N° 97.549 y 123.247, respectivamente.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada los ciudadanos ADA ORIENTE DE PRESUTTI, MARIO GEOVANY PRESUTTI ORIENTE Y MICHELE JESUS PRESUTTI ORIENTE, mediante la cual solicitaron se les declare Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus MARIO PRESUTTI TRIVISONNO, ex titular de la cédula de Identidad número V-1.452.441, fallecido en fecha 30/11/2016, según Acta de Defunción N° 121, folio N° 121, de esa misma fecha, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ADA ORIENTE DE PRESUTTI, MARIO GEOVANY PRESUTTI ORIENTE y MICHELE JESUS PRESUTTI ORIENTE, titulares de las cedulas de Identidad números V- 13.042.560, V- 9.999.876, y V- 12.163.610, en su orden con respecto al de cujus MARIO PRESUTTI TRIVISONNO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los treinta (30) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MAVAL
LA SECRETARIA

Abg. ANDREA MARCANO
En esta misma fecha, siendo las ocho y cincuenta y seis antes meridiem (08:56 a.m.), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA

Abg. ANDREA MARCANO

WSM/AM/Jorge

El Juez (fdo. ileg.) WILBERTO SAAVEDRA MARVAL y la Secretaria Abg. ANDREA MARCANO (fdo. ileg.). Hay un sello húmedo del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas. La suscrita Secretaria certifica: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, Solicitud N° WP12-S-2017-000609. En Maiquetía, a los treinta (30) días del mes de mayo de 2017. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
La Secretaria

Abg. ANDREA MARCANO