REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2017-000320
SOLICITANTES: HAANK RAMÓN HERNÁNDEZ LAGUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.638.583.
ABOGADA ASISTENTE: GLADYMAR RIOS VERHETLS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 153.440.-
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por el ciudadano HAANK RAMÓN HERNÁNDEZ LAGUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.638.583, actuando en su propio nombre y a favor de su madre MARBELLA JOSEFINA LAGUNA MUÑOZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad No. V-3.359.438, y de sus hermanosEDITH JOSEFINA HERNÁNDEZ PEREZ, MARIBEL JOSEFINA HERNÁNDEZ PEREZ, JOEL RAFAEL HERNANDEZ CALDERON, EDIXON RAMÓN HERNANDEZ LAGUNA, ITALO JUNIOR HERNÁNDEZ LAGUNA, ITAMAR JOSEFINA HERNANDEZ LAGUNA y TAYMAR IBELISSE HERNÁNDEZ LAGUNA, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.862.602, V-7.858.036, V-11.063.017, V-10.579.146, V-15.025.124, V-17153.010 y V-19.123.578, respectivamente, asistido de abogado, mediante la cual solicitó se les declare Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus ITALO HERNÁNDEZ, ex titular de la cédula de identidad número V-2.278.436, fallecido en fecha 11/01/2017, según Acta de Defunción N° 003, de fecha 12/01/2017, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia La Guaira del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos HAANK RAMÓN HERNÁNDEZ LAGUNA, MARBELLA JOSEFINA LAGUNA MUÑOZ, EDITH JOSEFINA HERNÁNDEZ PEREZ, MARIBEL JOSEFINA HERNÁNDEZ PEREZ, JOEL RAFAEL HERNANDEZ CALDERON, EDIXON RAMÓN HERNANDEZ LAGUNA, ITALO JUNIOR HERNÁNDEZ LAGUNA, ITAMAR JOSEFINA HERNANDEZ LAGUNA y TAYMAR IBELISSE HERNÁNDEZ LAGUNA, titulares de las cédulas de identidad números V-11.638.583, V-3.359.438, V-7.862.602, V-7.858.036, V-11.063.017, V-10.579.146, V-15.025.124, V-17153.010 y V-19.123.578,respectivamente, con respecto al de cujus ITALO HERNÁNDEZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los nueve (09) días del mes de mayo del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZ,
ABG. ELIA GONZALEZ
LA SECRETARIA,
Abg. DENICE PINTO
En la misma fecha siendo las dos y veinticinco minutos de la tarde (2:25 p.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. DENICE PINTO
EG/DP
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