REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO Y
RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
SALA ACCIDENTAL Nº 008-2017
Macuto, 30 de noviembre de 2017
207° y 158°


ASUNTO PRINCIPAL: WJ01-X-2008-000021
RECURSO: WK01-X-2017-000035

Compete a esta Corte de Apelaciones entrar a conocer de la presente causa, en virtud de la inhibición presentada por la Abogada CELESTINA MENDEZ, Juez Primera de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en la causa signada con el N° WJ01-X-2008-000021, numeración de ese Tribunal, seguida a la ciudadana CARLA JOSEFINA MARTINEZ IRIARTE, titular de la cédula de identidad Nº 16.309.074, por considerarse incursa en la causal de inhibición prevista los artículos 89 numeral 7 y que obliga a separarse de la causa.

Siendo la oportunidad legal para decidir esta Corte de Apelaciones previamente observa:

La Juez inhibida alegó en el acta que cursa a los folios 01 y 02 de la presente incidencia, lo que de seguida se trascribe:

“…por medio de la presente acta planteo FORMAL INHIBICION conforme a lo establecido en el artículo 90, en relación con el artículo 89 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, para conocer la causa signada bajo el Nº WJ01-X-2008-000021, llevada en contra de la ciudadana CARLA JOSEFINA MARTINEZ IRIARTE, titular de la cédula de identidad Nº 16.309.074 a quien se sigue juicio por la presunta comisión como COOPERADORA INMEDIATA, según lo establecido en el artículo 83 del Código Penal, de los delitos de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, CORRUPCION DE MENORES, previsto y sancionado en el artículo 387, primer aparte, numerales 1º y 2º del Código Penal, EXHIBICION PORNOGRAFICA DE NIÑOS Y ADOLESCENTES, previsto y sancionado en el artículo 24 de la Ley Especial Contra Delitos Informáticos, PORNOGRAFIA INFANTIL, previsto y sancionado en el artículo 14 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, EXPLOTACION SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 258 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.…La razón por la cual considero que no puedo entrar a conocer el mencionado asunto penal, radica en el hecho que actuando como Juez de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 15 de octubre de 2007, suscribí con carácter de Juez decisión en la cual se decreto la privación preventiva de libertad a la ciudadana CARLA JOSEFINA MARTINEZ IRIARTE, titular de la cédula de identidad Nº 16.309.074, conforme a los artículos 250 y 251 (actualmente 236 y 237) del Código Orgánico Procesal Penal, por su presunta participación en la comisión como COOPERADORA INMEDIATA, según lo establecido en el artículo 83 del Código Penal, de los delitos de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, CORRUPCION DE MENORES, previsto y sancionado en el artículo 387, primer aparte, numerales 1º y 2º del Código Penal, EXHIBICION PORNOGRAFICA DE NIÑOS Y ADOLESCENTES, previsto y sancionado en el artículo 24 de la Ley Especial Contra Delitos Informáticos, PORNOGRAFIA INFANTIL, previsto y sancionado en el artículo 14 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, EXPLOTACION SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 258 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Así las cosas, esta Juzgadora considera que existen elementos suficientes para considerarse incursa en una de las causales de inhibición obligatoria, contenida en los mencionados artículos 90, en relación con el artículo 89 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que emití opinión en el proceso seguido a la acusada CARLA JOSEFINA MARTINEZ IRIARTE, en consecuencia me INHIBO de conocer la presente causa…”

Vistos los fundamentos de hecho y de derecho en los cuales se apoya el funcionario inhibida, esta Corte de Apelaciones considera que lo procedente en el presente caso es declarar SIN LUGAR la inhibición presentada por la Abogada CELESTINA MENDEZ, Juez Primera de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en la causa signada con el Nº WJ01-X-2008-000021, nomenclatura de ese Órgano Jurisdiccional, mediante la cual se inhibe de conocer de la causa seguida al ciudadano CARLA JOSEFINA MARTINEZ IRIARTE en virtud de encontrarse encargada del mencionado Tribunal un juez distinto al que se inhibió, por lo que el Juez a cargo deberá continuar conociendo la mencionada causa a tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se declara.

DISPOSITIVA

Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, con sede en Macuto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la inhibición presentada por la Abogada CELESTINA MENDEZ, Juez Primera de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en la causa signada con el Nº WJ01-X-2008-000021, nomenclatura de ese Órgano Jurisdiccional, mediante la cual se inhibe de conocer de la causa seguida al ciudadano CARLA JOSEFINA MARTINEZ IRIARTE en virtud de encontrarse encargada del mencionado Tribunal un juez distinto al que se inhibió, por lo que el Juez a cargo deberá continuar conociendo la mencionada causa a tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, diarícese, déjese copia debidamente certificada, remítase el presente Cuaderno de Incidencias al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, quien deberá seguir conociendo de la causa y remítase copia del presente fallo a la Unidad de Recepción y Distribución de Documento para que sea enviada al Tribunal de Juicio que actualmente conoce la causa.-

EL JUEZ PRESIDENTE,


JAIME VELÁSQUEZ MARTÍNEZ


LA JUEZ PONENTE, EL JUEZ INTEGRANTE,


ANA NATERA VALERA RAMON MARTINEZ

LA SECRETARIA,

LEIDYS ROMERO

En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,

LEIDYS ROMERO

JVM/ANV/RM/LR/na.-