JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diez de noviembre de dos mil diecisiete.-

207°y 158°
Visto el escrito inmediatamente anterior, suscrito por el abogado CARLOS ENRIQUE MORENO, inscrito en el Inpreabogado, bajo el No. 103.137, actuando en nombre y representación de los ciudadanos CARLOS EDUARDO GÓMEZ BECERRA y CARLOS DAVID GÓMEZ PÉREZ, en su carácter de parte actora, por una parte y, por la otra, los ciudadanos CARLOS ALBERTO MORA, asistido del abogado DIEGO THOMAS BUSTAMANTE FLORES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 103.683, JAIMES ANTONIO PEÑARANDA RAMÍREZ, asistido del abogado ALEXIS CACERES PAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 48.322, parte demanda, mediante el cual celebran TRANSACCIÓN JUDICIAL; este Tribunal, da por consumado el acto y, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte la homologación de ley y, acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo, SE LEVANTA LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada sobre los inmuebles objeto de la controversia, descritos en el libelo de la demanda, por su situación y linderos. Notifíquese lo conducente al Registrador Público Jurisdiccional. -
LA JUEZ TEMPORAL
FLOR MARÍA AGUILERA ALZURÚ LA SECRETARIA ACCIDENTAL
JOHANNA LISBETH QUEVEDO POVEDA
En la misma fecha se oficio lo ordenado, bajo el N° 0860-661 .-
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
JOHANNA LISBETH QUEVEDO POVEDA