REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.


Sentencia Nro. 2466 – 17 - 2601.

CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: SOLVEY ELENA CEGARRA ARANDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 23.547.959, con el carácter de madre de: N.A.A.C., J.E.A.C., y F.E.C.A, (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia).

DIRECCIÓN: El Pabellón, calle 3, sector, San Juan, casa número 2-39, detrás de la farmacia, Municipio Fernández Feo, Estado Táchira.

DEMANDADO: JESÚS TERESIO ARIAS SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.972.290, con el carácter de padre de: N.A.A.C., J.E.A.C., y F.E.C.A, (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia).

DIRECCIÓN: El Pabellón, calle principal, cerca de la escuela, La Morita San Pablo, Municipio Fernández Feo, Estado Táchira.

MOTIVO: Obligación de Manutención.

Causa Número: 2466 – 17.

Fecha de Entrada: 23 de Marzo de 2017.


CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 21 de Marzo de 2017, se recibió solicitud de fijación de la Obligación de Manutención, hecha por la ciudadana: SOLVEY ELENA CEGARRA ARANDA, para: N.A.A.C., J.E.A.C., y F.E.C.A, (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), en contra del ciudadano: JESÚS TERESIO ARIAS SÁNCHEZ.
En fecha 23 de Marzo de 2017, se admitió y se le dio entrada a la solicitud de fijación de la Obligación de Manutención, hecha por la ciudadana: SOLVEY ELENA CEGARRA ARANDA, en contra del ciudadano: JESÚS TERESIO ARIAS SÁNCHEZ, se acordó citar al demandado, para el acto conciliatorio.
En fecha 23 de Marzo de 2017, se libró Boleta de Notificación para el Fiscal del Ministerio Público Especializado para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Civil y Familia del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 22 de Mayo de 2017, mediante diligencia estampada por el Alguacil del Tribunal consigna Boleta de Notificación librada para el Fiscal del Ministerio Público Especializado para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Civil y Familia del Estado Táchira, quien la recibió en fecha 04 de Mayo de 2017.
En fecha 06 de Julio de 2017, se recibe y se agrega a los autos diligencia estampada por la ciudadana: SOLVEY ELENA CEGARRA ARANDA.
En fecha 10 de Julio de 2017, se libran Oficios a la Directora Administrativa del Banco Sofitasa y al Instituto Nacional de Tierras, solicitando bloqueo de cuenta y no autorizar trámites legales, respectivamente.
En fecha 17 de Julio de 2017, se recibe y se agrega a los autos diligencia estampada por la ciudadana: SOLVEY ELENA CEGARRA ARANDA.
En fecha 26 de Julio de 2017, se libra oficio al Jefe de Punto de Control de la Guardia Nacional del Municipio Fernández Feo, Chururu, solicitando retención de vehiculo.
En fecha 20 de Octubre de 2017, se recibe y se agrega a los autos diligencia estampada por la ciudadana: SOLVEY ELENA CEGARRA ARANDA.
En fecha 24 de Octubre de 2017, se libra oficio al Comandante de la Policía del Estado Táchira, El Piñal, solicitando retención de vehiculo.
En fecha 13 de Noviembre de 2017, se recibe y se agrega a los autos oficio procedente del Centro de Coordinación Policial El Piñal, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
En fecha 17 de Noviembre de 2017, se recibe y se agrega a los autos oficio procedente del Banco Sofitasa, Agencia El Piñal, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
En fecha 20 de Noviembre de 2017, comparecieron voluntariamente los ciudadanos: SOLVEY ELENA CEGARRA ARANDA y JESÚS TERESIO ARIAS SÁNCHEZ, parte demandante y demandada respectivamente, y previa entrevista con el ciudadano Juez, el demandado expuso:
“Ofrezco como monto de la obligación de manutención la cantidad de cien mil bolívares (Bs. 100.000) semanales para un total de cuatrocientos mil bolívares (Bs. 400.000) mensuales, adicional del monto el aporte semanal de Leche, crema de arroz y los pañales a medida de lo posible, y el 50% de los demás gastos que requieran mis hijos”.

Presente como se encuentra la demandante y concedido como le fue el derecho de palabra expuso:
“Estoy de acuerdo con el ofrecimiento del padre de mis hijos y asimismo con que cubra el 50% de los gastos tradicionales de fin de año, gastos escolares de útiles y uniformes, gastos médicos y medicinas que requieran mis hijos”.


CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
Por cuanto en fecha 20 de Noviembre de 2017, comparecieron los ciudadanos: SOLVEY ELENA CEGARRA ARANDA y JESÚS TERESIO ARIAS SÁNCHEZ, parte demandante y demandada; quienes convinieron en la fijación de la obligación de manutención, para: N.A.A.C., J.E.A.C., y F.E.C.A, (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2014, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia); en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación de la obligación de manutención, de fecha 27 de Junio de 2017, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Líbrese oficio a la Directora Administrativo del Banco Bicentenario, Agencia Abejales, ordenando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana: SOLVEY ELENA CEGARRA ARANDA, cuyos beneficiarios son: N.A.A.C., J.E.A.C., y F.E.C.A, (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2014, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), quedando facultada la titular para que movilice la cuenta bancaria sin presentar autorización por escrito de este Tribunal. Una vez consignado el respectivo número de la cuenta de ahorros, notifíquese al obligado, ciudadano: JESÚS TERESIO ARIAS SÁNCHEZ, la obligación de manutención, para que efectúe los correspondientes depósitos semanales.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Se acuerda librar oficio, al Comandante de la Policía del Estado Táchira, solicitando la entrega inmediata del vehículo al ciudadano: JESÚS TERESIO ARIAS SÁNCHEZ, de las siguientes características: tipo: Moto, marca: Empire Owen, placa: AA7FO7B, color: Negra.
Librar Oficio al Director Administrativo del Banco Sofitasa, a fin de que proceda a desbloquear la cuenta Titular a nombre del ciudadano: JESÚS TERESIO ARIAS SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.972.290, bloqueada por orden de este Tribunal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los veintidós días del mes de Noviembre del dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
El Juez Provisorio.-
ABG. TEÓFILO HERNÁNDEZ ALARCÓN.

El Secretario Temporal.-

ABG. ALEJANDRO GUADA RUJANO.

En la misma fecha se publicó, siendo las diez (10:00) de la mañana.
El Srio.-