REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

Sentencia Nro. 2534 – 17 – 2594.

CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: AUDRY LEONELA JAIMES DE ARADES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-19.540.260, con el carácter de madre de: A.A.A.J., H.A.A.J. y A.A.A.J., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia).

DIRECCIÓN: Naranjales, sector Valle Lorena, calle 1 con vereda 3, casa s/n, Parroquia Alberto Adriani, Municipio Fernández Feo, Estado Táchira.

DEMANDADO: HUMBERT FIDEL ARADES PUERTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-14.040.666, con el carácter de padre de: A.A.A.J., H.A.A.J. y A.A.A.J., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia).

DIRECCIÓN: Naranjales, sector Valle Lorena, calle 1 con vereda 3, casa s/n, Parroquia Alberto Adriani, Municipio Fernández Feo, Estado Táchira.

MOTIVO: Obligación de Manutención.

Causa Número: 2534 – 17.

Fecha de Entrada: 09 de Noviembre de 2017.


CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 05 de Octubre de 2017, comparecen los ciudadanos: HUMBERT FIDEL ARADES PUERTA y AUDRY LEONELA JAIMES DE ARADES, ante la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en San Cristóbal, convienen en la fijación del monto de la Obligación de Manutención, suscribiendo acta bajo los siguientes términos: “PRIMERO: El padre se compromete a pasar a partir del mes de Octubre del año en curso, la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100,000), semanales, por concepto de Obligación de Manutención, para sus hijos depositados en la cuenta corriente del Banco Venezuela a nombre de la ciudadana: AUDRY LEONELA JAIMES DE ARADES, adicional a ello a el padre, colaborara con frutas y verduras, entre otros productos de alimentación para sus hijos. SEGUNDO: En relación a los gastos médicos serán compartidos, previos soportes y facturas médicas. TERCERO: En relación a los gastos escolares serán compartidos. CUARTO: En el mes de Diciembre el padre comprara los estrenos de sus tres hijos para la festividad del 24 y la madre el del 31. Así mismo dentro de sus posibilidades económicas el padre dotara durante el año a sus hijos de ropa, calzado de uso diario”.


CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
Por cuanto en fecha 05 de Octubre de 2017, comparecieron los ciudadanos: HUMBERT FIDEL ARADES PUERTA y AUDRY LEONELA JAIMES DE ARADES, ante la Fiscalía Décimo Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en San Cristóbal, suscribiendo acta, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del monto de la obligación de manutención, de fecha 05 de Octubre de 2017, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Líbrese Oficio a la Directora Administrativo del Banco Bicentenario, Agencia Abejales, ordenando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana: AUDRY LEONELA JAIMES DE ARADES, cuyos beneficiarios son: A.A.A.J., H.A.A.J. y A.A.A.J., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2013, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), quedando facultada la titular para que movilice la cuenta bancaria sin presentar autorización por escrito de este Tribunal. Una vez consignado el respectivo número de la cuenta de ahorros, notifíquese al obligado, ciudadano: HUMBERT FIDEL ARADES PUERTA, para que efectúe los correspondientes depósitos.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Notifíquese a las partes de la continuación de la presente causa por ante este Tribunal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los nueve días del mes de Noviembre del dos mil diecisiete. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
El Juez Provisorio.-

ABG. TEÓFILO HERNÁNDEZ ALARCÓN.


Secretario Temporal.-

ABG. ALEJANDRO GUADA RUJANO.


En la misma fecha se publicó la presente sentencia, siendo las once
(11:00 am.) de la mañana.
El Srio.-