REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
ASUNTO: WP12-S-2017-001727
SOLICITANTE: VICTORIO JOSÉ MAYORA MERENTES.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por el ciudadano, VICTORIO JOSÉ MAYORA MERENTES, mediante la cual solicitó, les fuese decretado Título Supletorio sobre mejoras realizadas a unas bienhechurías edificadas a sus solas y únicas expensas, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, sobre un terreno Municipal, ubicado en el Barrio Vista al Mar, Sector Arrecife con Calle San Benito, Jurisdicción de la Parroquia Catia la Mar, del Municipio Vargas, Estado Vargas, tal como se evidencia en el Titulo Supletorio otorgado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha Once (11) de Mayo del Dos mil seis (2006), bajo el N° 2063-06, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que las bienhechurías construidas es propiedad de los solicitantes, por lo que habiendo constancia en autos de los respectivos documentos cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen al mismos y les consta la existencia y construcción de tales bienhechurías y sus mejoras, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano VICTORIO JOSÉ MAYORA MERENTES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.493.998, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los nueve (09), días del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. ANGIE MURILLO MARTINEZ LA SECRETARIA,
ABG. NEYLA VELASQUEZ
En la misma fecha siendo las 11: 56 a.m., se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
ABG. NEYLA VELASQUEZ
AMM/MG/Adianez..-
- La Jueza (fdo. ileg.) ANGIE A. MURILLO M. y la Secretaria Titular Abg. NEYLA VELASQUEZ (fdo. ileg.). Hay un sello húmedo del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas. La suscrita Secretaria certifica: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original. En Maiquetía, a los nueve (09) días del mes de noviembre de 2017. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
La Secretaria.,
Abg. NEYLA VELASQUEZ
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