REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
207° y 158°
ASUNTO: WP12-S-2017-001605
SOLICITANTE: MILAGROS DEL VALLE SÁNCHEZ PORRAS.
ABOGADO ASISTENTE: PABLO ALBERTO ZAMBRANO, IPSA, 35.483.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana MILAGROS DEL VALLE SÁNCHEZ PORRAS, asistida de abogado, mediante la cual solicita se le declare Únicos y Universal Heredera, respecto al De-Cujus ÁNGEL REMIGIO SÁNCHEZ INFANTE, ex titular de la cédula de identidad N° V-5.095.027, fallecido en fecha 05/07/2017, según Acta de Defunción N° 172 de fecha 06/07/2017, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana MILAGROS DEL VALLE SÁNCHEZ PORRAS, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-21.192.596, con respecto al De Cujus ÁNGEL REMIGIO SÁNCHEZ INFANTE, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante. Así se establece.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por éste Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los dos (02) días del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA,
Abg. YESIMAR GONZÁLEZ
LA SECRETARIA, Abg. ZAYDA MIRANDA
En la misma fecha siendo las ocho y cincuenta minutos de la mañana (8:50 a.m.), se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,
ABG. ZAYDA MIRANDA
YG//ZM//Eira.-
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