REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
207° Y 158°
ASUNTO: WP12-S-2017-001637
SOLICITANTES: FRANKLIN ANTONIO GONZÁLEZ LIENDO, PATRICIA DEL CARMEN GONZÁLEZ SALAMINI, FRANCIS MARGARITA GONZÁLEZ SALAMINI Y CAROLINA DEL VALLE GONZÁLEZ SALAMINI.
ABOGADO ASISTENTE: CARLOS AUGUSTO BAPTISTA LUGO, IPSA N° 232.409
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por los ciudadanos, FRANKLIN ANTONIO GONZÁLEZ LIENDO, PATRICIA DEL CARMEN GONZÁLEZ SALAMINI, FRANCIS MARGARITA GONZÁLEZ SALAMINI Y CAROLINA DEL VALLE GONZÁLEZ SALAMINI, debidamente asistidos de abogado, mediante la cual solicitaron se les declare Únicos y Universales Herederos, respecto de la De-Cujus DAYSI MIREYA SALAMINI TAZÓN, ex titular de la cédula de identidad número V-4.565.708, fallecido en fecha Dos (02) de Agosto de 2017, según se desprende del Acta de Defunción N° 812, de fecha tres (03) de Agosto, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos, FRANKLIN ANTONIO GONZÁLEZ LIENDO, PATRICIA DEL CARMEN GONZÁLEZ SALAMINI, FRANCIS MARGARITA GONZÁLEZ SALAMINI, Y CAROLINA DEL VALLE GONZÁLEZ SALAMINI, titulares de las cédulas de identidad números V-5.098.845, V-16.105.468, V-14.767.315 y V-19.123.762, en su orden, con respecto a la De- Cujus, DAYSI MIREYA SALAMINI TAZÓN, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los ocho (08) días del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA,
ABG. YESIMAR GONZÁLEZ

LA SECRETARIA
Abg. ZAYDA MIRANDA
En la misma fecha siendo las diez y quince de la mañana (10:15 a.m.), se publicó y registró la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. ZAYDA MIRANDA
YG/ZM/Adianez.-