REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2017-001769.
SOLICITANTES: EMMA GONZALEZ DE OTERO, AUREMA DE LOS ANGELES OTERO GONZALEZ, AURELIO JACINTO OTERO GONZALEZ y ROLANDO ENRIQUE OTERO GONZALEZ.
APODERADO JUDICIAL: EMILIO GIOIA ROSADORO, IPSA: 70.880
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada el abogado EMILIO GIOIA ROSADORO, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EMMA GONZALEZ DE OTERO, AUREMA DE LOS ANGELES OTERO GONZALEZ, AURELIO JACINTO OTERO GONZALEZ y ROLANDO ENRIQUE OTERO GONZALEZ, mediante la cual solicitó se declare a sus poderdantes, Únicos y Universales Herederos, respecto al De-Cujus AURELIO OTERO CABO, ex titular de la cédula de identidad número V.- 6.320.071, fallecido en fecha 21/08/1998, según Acta de Defunción N° 98, de fecha 27/08/1998, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Caraballeda, del Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos EMMA GONZALEZ DE OTERO, AUREMA DE LOS ANGELES OTERO GONZALEZ, AURELIO JACINTO OTERO GONZALEZ y ROLANDO ENRIQUE OTERO GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad números V.- 5.920.762, V.- 17.429.869, V.- 16.006.956 y V.- 11.702.852, respectivamente, con respecto al de cujus AURELIO OTERO CABO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por éste Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZ,
ABG. CARMEN NATHALIE MARTINEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARY ANGIE MARIN GARCIA
En la misma fecha siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 pm.), se publicó y registró la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA
ABG. MARY ANGIE MARIN GARCIA
CNM//MAMG//Eira.-
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