REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2017-001115
SOLICITANTE: MARIA URDANETA DE ONTIVERO.
ABOGADA ASISTENTE: CARMEN YUDITH RODRIGUEZ, IPSA: 102.894
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada la ciudadana MARIA URDANETA DE ONTIVERO, asistida de abogada, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos JOSE DAVID ONTIVERO URDANETA, JOHANN DAVID ONTIVEROS URDANETA y IRAMA ISABEL ONTIVERO URDANETA, mediante la cual solicitó se les declare Únicos y Universales Herederos, respecto al De-Cujus JOSE DAVID ONTIVERO COOPER, ex titular de la cédula de identidad número V.- 3.143.785, fallecido en fecha 18/02/2006, según Acta de Defunción N° 33, de fecha 03/03/2006, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, del Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARIA URDANETA DE ONTIVERO, JOSE DAVID ONTIVERO URDANETA, JOHANN DAVID ONTIVEROS URDANETA y IRAMA ISABEL ONTIVERO URDANETA, titulares de las cédulas de identidad números V.- 3.549.608, V.- 11.057.316, V.-12.717.903 y V.- 7.998.346, respectivamente, con respecto al de cujus JOSE DAVID ONTIVERO COOPER, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por éste Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los ocho (08) días del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZ,
ABG. CARMEN NATHALIE MARTINEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARY ANGIE MARIN GARCIA
En la misma fecha siendo las tres y ocho de la tarde (03:08 p.m.), se publicó y registró la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA
ABG. MARY ANGIE MARIN GARCIA
CNM//MAMG//Eira.-
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