REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Táchira
San Cristóbal, 27de Octubre de 2017
207º y 158º
SENTENCIA: N° 331-2017
AUTO. RESPUESTA A INCIDENCIA PLANTEADA
POR EL MINISTERIO PÚBLICO
IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL UNICO DE JUICIO
JUEZ ESPECIALIZADO: ABG. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN
SECRETARIA: ABG. KATERIN BUBB.
ALGUACIL DE SALA: WILLIAM SANDOVAL
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. KHARINA HERNANDEZ CANDIALES, FISCAL DECIMA SEXTA.
VICTIMA: M.I.C.C. (SE OMITE IDENTIDAD POR MANDATO DEL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES).
REPRESENTANTE LEGAL DE LA VICTIMA: DARCY CARRILLO.
ACUSADO: EDINSON MANCILLA MILLAN, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad V.-17.206.218, de 31 años de edad, Fecha de Nacimiento 28/12/1984, estado civil Soltero, profesión u oficio: Obrero, residenciado en el llanito, vía cordero, sector los alticos, vereda 3, casa 2-17, Cordero, Municipio Andrés bello Estado Táchira.
DEFENSA TECNICA: ABG. JOSE IGNACIO MONSALVE M. Y NINOSKA MAYTHE RAMIREZ MONSALVE.
CALIFICACION JURIDICA
DELITO: ABUSO SEXUAL A NIÑA CON PENETRACION CONTINUADO previsto y sancionado en el artículo 259 primer y segundo aparte Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el articulo 99 del Código Penal.
I
DE LA PETICION DEL MINISTERIO PÚBLICO
La abogado KHARINA HERNANDEZ, FISCAL DECIMO SEXTO DEL MINISTERIO PUBLICO, en la Audiencia de Juicio celebrada en fecha 23 de OCTUBRE de 2017, interpuso formal incidencia en los términos siguientes: “Ciudadano Juez en virtud de la incomparecencia del doctor ARVEY GUEVARA Y CARLOS CAMARGO solicito se libre nuevamente la respectiva boleta de citación a los mismos para que puedan comparecer en la próxima audiencia de continuación del juicio oral y reservado ya que su testimonio es indispensable para la continuación del mismo. Es todo”. Asimismo se le cede el derecho de palabra a la defensa técnica, quien manifestó: no tengo objeción al pedimento formulado por la representación fiscal y en consecuencia me adhiero al mismo. Es todo.”

II
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR
Revisada como ha sido la incidencia planteada por la Fiscalía, quien aquí decide, en garantía de la Tutela Judicial Efectiva, el derecho a la defensa y al debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con artículo 81 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, ACUERDA LO PETICIONADO por el Profesional del Derecho antes mencionado, y en razón de ello ORDENA: Citar A LOS DOCTORES ARVEY GUEVARA Y CARLOS CAMARGO a los fines de que comparezcan a la audiencia de Juicio fijada para el día 30 DE OCTUBRE DE 2017 A LAS 10:00AM, tomando en cuenta que se trata de un órgano de prueba importante para el esclarecimiento de los hechos. ASI SE DECIDE-CUMPLASE.-


ABG. JOSE ANTONIO MELENDEZ ADRIAN
JUEZ DEL TRIBUNAL ÚNICO DE JUICIO CON COMPETENCIA
EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

ABG. KATERIN BUBB
SECRETARIA