TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 20 de octubre de 2017.
207º y 158º
Por recibido caso 20-DPIF-F-14-0226-2017, constante de SEIS (06) folios útiles, procedente de la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público con competencia en el sistema de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por cuanto se observa que ante este Tribunal cursa expediente signado con el Nº 2794-2015, que guarda relación con la solicitud recibida, persigue el mismo fin y las partes que intervienen son las mismas en ambos procedimientos; este Tribunal en aplicación de lo previsto en los artículos 51 y 52 del Código de Procedimiento Civil, acuerda acumular las referidas actuaciones a la presente causa; en tal virtud, fórmese un sólo expediente siguiendo un sólo procedimiento y que se encuentre signado con el 2794-2015. En tal virtud, visto el ACUERDO CONCILIATORIO realizado en el acta de fecha 14 de agosto de 2017, entre los ciudadanos: FRANCY PAOLA JIMENEZ CABARICO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.219.546, con domicilio en el Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira; y RUFO ALEXANDER CORTEZ CAMPEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.236.478, con domicilio en el Municipio Cárdenas del Estado Táchira; por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a las Fiscalías 14 y 15 del Ministerio Público con competencia para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA SUPLENTE,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. LIDIA CONSUELO MENDOZA
En esta misma fecha se cumplió con ordenado, se notificó a los Fiscales del Ministerio Público competentes. Quedó registrada la anterior decisión bajo el N° 225, siendo la (s) 10:30 p.m.
Abg. Lidia Mendoza / Secretaria Temporal.
Exp. Nº 2794 -2015
Mcmc
Va sin enmienda.
|