REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
SOLICITUD: WP12-S-2017-001565
SOLICITANTE: ZULEIMA BEATRIZ BRITO DE DURAND
ABOGADO ASISTENTE: JOSE ANTONIO CAMERO MONAGAS, IPSA N° 12.015
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ZULEIMA BEATRIZ BRITO DE DURAND, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 5.523.503, asistida de abogada mediante la cual solicita se le declare a ella y a sus hijos Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus RAUL GINES DURAND CRUZ, ex titular de la cédula de identidad número V-4.117.461, fallecido en fecha 29/08/2017, según Acta de Defunción N°170, Folio 171 (vto), de fecha 29/08/2017, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del estado Vargas. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante y sus hijas, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ZULEIMA BEATRIZ BRITO DE DURAND, HENRRY RAUL DURAND BRITO, AZUCENA BEATRIZ DURAND BRITO, y YANIN CAROLINA DURAND BRITO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 5.523.503, V-11.642.933, V-12.866.301 y V-19.288.164, en su orden, con respecto al de-cujus RAUL GINES DURAND CRUZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los (25) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA,
DRA. MERLY VILLARROEL
LA SECRETARIA,
Abg. YARISNEL PAREDES
En la misma fecha siendo las (01:00 p.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. YARISNEL PAREDES
MV/YP/MALYURI
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