REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-001465
SOLICITANTE: JUANA SABAS LAREZ DE SANDOVAL
ABOGADO ASISTENTE: AYSKEL JOSEFINA COELLO SÁNCHEZ, IPSA N° 93.294
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Vista la solicitud formulada por la ciudadana JUANA SABAS LAREZ DE SANDOVAL, titular de la cédula de Identidad N° V- 1.329.201, asistida de abogado, mediante la cual solicitó se le declare, Única y Universal Heredera, respecto al de-cujus JUAN ALBERTO SANDOVAL, ex titular de la cédula de Identidad N° V- 172.090, fallecido en fecha 01/03/2012 según Acta de Defunción N° 431, folio 181, de fecha 02/03/2012, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos en la Unidad de Registro Civil de la Parroquia el Paraíso, Municipio Libertador, Distrito Capital. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la solicitante por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana JUANA SABAS LAREZ DE SANDOVAL, titular de la cédula de Identidad N°. V- 1.329.201, con respecto al de-cujus JUAN ALBERTO SANDOVAL, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los diez (10) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017).-AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
LA JUEZA,

Abg. CARMEN N. MARTINEZ
LA SECRETARIA,

Abg. MARY ANGIE MARIN
En esta misma fecha, siendo las diez y cinco horas de la mañana (10:05 am), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,

Abg. MARY ANGIE MARIN
CNM/MAM/Jorge.-