REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2017-001435
SOLICITANTE: OSWALDO DEL VALLE RONDON
ABOGADO ASISTENTE: JUAN MARTINS IPSA N° 123.080
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por el ciudadano OSWAL DEL VALLE RONDON, mediante la cual solicitó se le declare a él y a sus hijos ciudadanos OSWALDO DAVID RONDON DUGARTE, AISKEL OSWILL RONDON DUGARTE y KISBEL DEL VALLE RONDON DUGARTE, Únicos y Universales Herederos, respecto al de-cujus ILDA MARIA DUGARTE DE RONDON ex titular de la cedula de identidad número V-3.891.749, fallecido en fecha 28 de noviembre de 2014, según acta de defunción N° 971, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Maiquetía. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos OSWALDO DEL VALLE RONDON, OSWALDO DAVID RONDON DUGARTE, AISKEL OSWHIL RONDON DUGARTE y KISBEL DEL VALLE RONDON DUGARTE, titulares de las cedulas de Identidad números V-2.252.118, V-11.061.548, V-11.641.084 y V-18.140.588, en su orden, con respecto a la de-cujus ILDA MARIA DUGARTE DE RONDON, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por éste Tribunal.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por éste Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los nueve (09) días del mes de octubre del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158º de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MAVAL
LA SECRETARIA

Abg. ANDREA MARCANO
En esta misma fecha, siendo las diez y veinte antes meridiem (10:20 a.m.), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA

Abg. ANDREA MARCANO

WSM/AM/yaneiza
Abg. ANDREA MARCANO; Secretaria del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, quien suscribe, CERTIFICA: Que las copias que anteceden, son traslado fiel y exacto de sus originales de la solicitud signada con el N° WP12-S-2017-001435, contentiva de la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por el ciudadano OSWALDO DEL VALLE RONDON. Dichas copias se certifican de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Maiquetía, a los nueve (09) días del mes de octubre de dos mil diecisiete (2017).
LA SECRETARIA,

Abg. ANDREA MARCANO