REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA.
TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. MICHELENA, VEINTIUNO (21) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017.
207° y 158°
DEMANDANTE: Lilia Amparo Rueda de Ruiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.380.550.
DEMANDADO: Adolfo Ruiz, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.667.301.
BENEFICIARIOS: Yaneth Maritza Ruiz Rueda, Ana Yamary Ruiz Rueda y Genesis Sarahit Esperanza Ruiz Rueda, venezolanos, mayores de edad, de treinta y cinco (35), treinta y tres (33) y veintiséis (26) y años de edad.
MOTIVO: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (EXTINCIÓN)
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia a los folios 2, 3 y 4 de la primera pieza, que las beneficiarias de la obligación de manutención ciudadanas Yaneth Maritza Ruiz Rueda, Ana Yamary Ruiz Rueda y Genesis Sarahit Esperanza Ruiz Rueda, venezolanos, cuentan actualmente con treinta y cinco (35), treinta y tres (33) y veintiséis (26) y años de edad.
Este Tribunal procede a realizar un análisis del artículo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación a la extinción de la obligación alimentaria establece:
ARTICULO 383. Extinción. La obligación alimentaria se extingue.
b) Por haber alcanzado la mayoridad el beneficiario de la misma…omisis…o cuando se encuentre cursando estudios que, por su naturaleza, le impidan realizar trabajos remunerados, caso en el cual la obligación puede extenderse hasta los veinticinco años de edad, previa aprobación judicial. (Subrayado y negrillas del Tribunal).
En este orden de ideas tal como quedo precedentemente establecido en el numeral primero, a los folios 2, 3 y 4, cursan en copias simples actas de nacimiento de las beneficiarias de la obligación de manutención ciudadanas Yaneth Maritza Ruiz Rueda, Ana Yamary Ruiz Rueda y Genesis Sarahit Esperanza Ruiz Rueda, de dicho documento, se comprueba que las mismas, en los actuales momentos cuenta con treinta y cinco (35), treinta y tres (33) y veintiséis (26) y años de edad respectivamente.
Por las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley Declara: LA EXTINCION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, interpuesta por la ciudadana Lilia Amparo Rueda de Ruiz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.380.550, en contra del ciudadano Adolfo Ruiz, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.667.301, en beneficio de Yaneth Maritza Ruiz Rueda, Ana Yamary Ruiz Rueda y Genesis Sarahit Esperanza Ruiz Rueda, venezolanos, mayores de edad, de treinta y cinco (35), treinta y tres (33) y veintiséis (26) y años de edad.
Por la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas procesales.
Archívese el expediente en su oportunidad legal.
Publíquese, registrase y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Tribunal Ordinario y Ejecutor de los Municipios Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los veintiún (21) días del mes de septiembre del dos mil diecisiete (2017). Años: 207º y 158º.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. ALICIA KATHERINE CÁRDENAS DE LÓPEZ
LA SECRETARIA,
ARGILISBETH GARCÍA TORRES
Exp N° 000-134-2007