REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
ASUNTO: WP12-S-2017-001134
SOLICITANTE: JHONNAN CECILIA YANEZ BORREGO.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por la ciudadana JHONNA CECILIA YANEZ BORREGO, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicitó le fuese decretado a su favor Título Supletorio a su favor, de las mejoras realizadas a unas bienhechurías, que adquirió según constan de la Partición de Herencia Voluntaria y Amistosa, evacuado por ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en fecha 11/07/2016. Cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, ubicada la Av. Intercomunal de Macuto, en medio, Primera Calle del Caserío, denominado Nuevo Mundo, Planta Baja de la Casa, (multifamiliar) N° 115, Parroquia Macuto, Municipio Vargas del estado Vargas; por lo que habiendo constancia de las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a la misma y les consta la existencia y mejoras de las bienhechurías, razón por la cual, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana JHONNAN CECILIA YANEZ BORREGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.042.797, sobre las mejoras realizadas a las bienhechurías, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017). AÑOS. 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. ANGIE MURILLO
LA SECRETARIA,
Abg. NEYLA VELASQUEZ
En la misma fecha siendo las 02:13 P.M, se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. NEYLA VELASQUEZ
AM/NV/Kennynson.-
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