REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

ASUNTO: WP12-S-2016-001319
SOLICITANTE: JESÚS RAFAEL IZAGUIRRE FUENTES, titular de la cédula de identidad N° V-17.710.398.
APODERADO JUDICIAL: GERALD GABRIEL GONZÁLEZ OLIVO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 264.532.
MOTIVO: DIVORCIO (Artículo 185-A del Código Civil).
Por cuanto en fecha, 08 de agosto de 2017, previa Juramentación de Ley, tomó posesión del cargo de Jueza Provisoria de éste Tribunal, la Abg. YESIMAR GONZÁLEZ, se AVOCA al conocimiento de la presente solicitud.
Por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos fue presentada solicitud de Divorcio en fecha 04 de octubre de 2016, por el ciudadano JESÚS RAFAEL IZAGUIRRE FUENTES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-17.710.398, asistido por el abogado GERALD GABRIEL GONZÁLEZ OLIVO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 264.532, mediante la cual solicitó la disolución del vínculo matrimonial existente entre él y la ciudadana ANA ROSA HURTADO ESCOBAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-16.724.603, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código de Procedimiento Civil, la cual se le dio entrada en fecha 05 de octubre de 2016.
En fecha 17 de Octubre de 2016, se admitió la Solicitud y se ordenó la citación de la ciudadana ANA ROSA HURTADO ESCOBAR y de la Representante del Ministerio Público.
En fecha 10 de Noviembre de 2016, la ciudadana ANA ROSA HURTADO ESCOBAR, asistida por el abogado GERALD GABRIEL GONZÁLEZ OLIVO, se dio por citada, renunció al término de comparecencia y estuvo de acuerdo con la presente solicitud presentada por su cónyuge.
En fecha 21 de Noviembre de 2016, previa consignación de los fotostatos correspondiente, se libró boleta de citación de la representante del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
En fechas 01 de Diciembre de 2016, el ciudadano GABRIEL NAVARRO, Alguacil Titular adscrito a este Circuito Judicial, dejó constancia de haber citado a la Representante del Ministerio Público.
ÚNICO
Quien Juzga observa, que se han llenado todos los extremos exigidos por el artículo 185-A del Código Civil, y en vista de que los cónyuges están contestes en afirmar que han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, y no fue objetada la solicitud por parte de la Fiscal del Ministerio Público; este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos JESÚS RAFAEL IZAGUIRRE FUENTES y ANA ROSA HURTADO ESCOBAR, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad números V-17.710.398 y V-16.724.603, respectivamente, contraído por ante Registro Civil del Estado Vargas, en fecha 14 de Diciembre de 2007, asentada bajo el N° 74, folio 74 y vto, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias que solicite la parte interesada. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en Maiquetía, a los veintidós (22) días del mes de septiembre del dos mil diecisiete (2017). AÑOS: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZA,
Abg. YESIMAR GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA,
Abg. ZAYDA MIRANDA
En esta misma fecha, siendo las doce y cinco minutos de la tarde (12:05 pm), se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA,
Abg. ZAYDA MIRANDA
YG/ZM/dioni.-